
Es la reposición de un daño o perjuicio, ya sea mediante la sustitución, reparación o liquidación del bien dañado.

Profesional que investiga y evalúa las posibles causas de una perdida, así como, el alcance de los daños en un siniestro.

Es la cantidad física producida en la actividad agropecuaria y forestal, valorada de acuerdo al precio establecido en las condiciones particulares de la póliza.

Persona o entidad a la que se ceden los derechos o beneficios de una póliza. Normalmente, son instituciones financieras.

Es un contrato bilateral entre un asegurado y una Compañía de Seguros, en el que se reflejan la normas que, de forma general, particular o especial se establecen los derechos y obligaciones de ambos, en relación con el seguro contratado, donde el primero se compromete al pago de una prima, y el segundo al pago de una indemnización, en caso de un siniestro.
Dirección General de Riesgos Agropecuarios (DIGERA)
(809) 638-5054
809-000-0000
[email protected]
Ave. John F. Kennedy # 419, KM. 6 ½, Jardines del Norte, Santo Domingo, R.D.
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